SOCORRISTA ACUATICO (CARACTERISTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO)



A continuación, explicaremos los aspectos generales que componen los deberes y funciones de los trabajadores que desempeñen el puesto de socorrista o salvamento de piscinas.
Sobra recalcar que para cada país o sitio (por ejemplo un club privado), existen especificaciones particulares en cuanto al uso de la piscina, nosotros explicaremos lo más general del "deber ser" del puesto de trabajo.

MISIÓN DEL PUESTO DE SOCORRISTA
Proteger a los usuarios o bañistas y socorrerlos en caso de accidente en la instalación acuática asignada.

FUNCIONES PRINCIPALES DE UN SOCORRISTA


  • Vigilar el cumplimiento de normas y uso de las instalaciones.
  • Atención a los usuarios. 
  • Auxiliar en caso de accidente. 
  • Realizar la limpieza del fondo del vaso (pasar limpia-fondos). 
  • Mantener ordenada y limpia las zonas comunes. 
  • Registrar anotaciones del PH y cloración del agua en el libro de registro sanitario.
  • Control del acceso a la sala de máquinas/ químicos de los bañistas durante las horas de trabajo.


OTRAS CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO

Reporta a: recursos humanos o empresa de servicios.
Material o equipo a cargo del puesto: botiquín de primeros auxilios, sombrilla, camiseta, pito y pantalón corto.
Comunicación interna con: personal de recursos humanos y maquinista de su instalación.
Comunicación externa con: usuarios y propietarios de la instalación.



FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación Académica: graduado escolar.
Formación específica: Titulo de Primeros Auxilios y Socorrismo Acuático.

Competencias:
Habilidades Sociales
Interés por el puesto
Resolución de problemas
Orientación a la excelencia
Idiomas: opcional.
Informática: no se requiere.
Carnet de conducir: no se requiere.
Experiencia previa en posiciones similares: 2 años.


FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL SOCORRISTA




Las Funciones del Socorrista para la Prevención de Riesgos, Salud e Higiene de los usuarios son:

Prevenir a los bañistas sobre las normas de seguridad e higiene de la piscina según normativa vigente, siempre de una manera educada.

El Socorrista debe poder ser identificado como tal en todo momento.

Pasar el Limpiafondos 25 minutos antes de la apertura al público.

Mantener limpia y cuidadas las zonas comunes, y en general el lugar de trabajo.

Registrar anotaciones de valores de cloro, Ph... en el Libro de Registro Sanitario (mínimo 2 veces al día).

Otras obligaciones específicas de la instalación asignada :

Para el buen funcionamiento de la piscina, será imprescindible la Puntualidad del SOCORRISTA.

El Socorrista deberá disponer de Teléfono Móvil personal que tendrá que tener operativo durante la jornada laboral.

El teléfono móvil dispondrá siempre de saldo para cualquier emergencia y/o recibir llamadas por parte de la compañía.

En caso de lluvia o mal tiempo, el Socorrista no podrá abandonar el puesto de trabajo sin permiso del presidente o persona responsable de la instalación, comunicándolo inmediatamente a los responsables. En caso de lluvia se cerrará la piscina por seguridad.

El Socorrista podrá impartir Clases de Natación u otras actividades análogas, siempre con la autorización del presidente o persona responsable de la piscina.
Notificar inmediatamente cualquier inspección sanitaria

Se dispondrá en todo momento de fotocopia del título de Socorrista en el puesto de trabajo.

En caso de que la Comunidad de Vecinos lo requiera, el Socorrista pedirá los carnés de usuario.

Se deberá Evitar comportamientos que puedan interferir en el buen desarrollo del trabajo (cascos de música, leer, hablar de espaldas al vaso de la piscina etc...).

Se considerará Falta muy grave, la no justificación de ausencia al puesto de trabajo. En este caso se podría rescindir el contrato si se estimase oportuno, sin inconveniente alguno para la prestación del servicio.

El Socorrista es responsable del juego de llaves de la instalación acuática. Una vez finalizada la relación laboral, queda obligado a entregarlo o mantenerlas hasta que el encargado de la piscina o administrador lo requiera.

En caso de Accidente grave, llamar al Teléfono de Emergencias 112.
Estimados lectores, no olvide enviar sus comentarios y compartir en FACEBOOK.

Gracias por visitar nuestra web,
Consejosdelimpieza.com

35 comentarios :

Anónimo dijo...

Quie haya redactado estas obligaciones, NO busca un socorrista, sino una señora de la limieza, conserje, mantenedor de piscinas y adminitrativo, todo al precio de uno.
ESAS NO SON LAS OBLIGACIONES DEL SOCORRISTA.

Unknown dijo...

Tiene rezón, en términos reales la función es exclusivamente la de la vigilancia de los bañistas, pero en términos prácticos, eso es lo que piden las comunidades de propietarios para el verano y cubren a satisfacción los puestos con dichas condiciones.
Reitero que el lector tiene razón, pero en nuestro Blog queremos orientar sobre lo que os vais a encontrar en el mercado.
Atentamente,
Sergio
El administrador.

Anónimo dijo...

Me gustaria saber como tiene que actuar el socorrista en el caso de que le obliqguen ocuparse de la depuradora. Ademas la misma esta en malas condiciones y da mal servicio, que la empresa oculta a los propietarios.

Sergio Martínez dijo...

Estimado lector,
Lo más importante si no se quiere "meter en ello", es que lo consigne en su minuta, todos los días debe escribir que la depuradora funciona mal.
Con respecto a la asignación de la función, dos cuestiones:
1. Si trabaja con una empresa de servicios, casi seguro que la comunidad lo "convino" con la misma, en ese caso puede negarse a realizar esa función (por lo que considere); pero seguramente pondrán a otro. Actualmente las comunidades piden integrar esas funciones y las empresas contratadas no tienen más remedio que aceptarlo.
2. Si está contratado por la comunidad de propietarios directamente, debe plantear al presidente la inconveniencia de la función en su turno de trabajo por los motivos que considere.
Cualquier consulta, no dude en plantearla.
Un saludo
EL ADMINISTRADOR.

Anónimo dijo...

el socorrista solo debe atender la piscina y a los bañistas,( limpieza , carnet y las demas cosillas q se inventan no son de su competencia) el incompetente q redacto seguro era un propierario q x lo q pagan tambien kieren q subamos y le hagamos de chachas. LOS SOCORRISTAS "NO"SON CARNETEROS.

Jack Torrejón. dijo...

Aunque es cierto... éste es de los pocos ilusos que quedan que vivían todo el año con el trabajo de socorrista de 3 meses. lo mejor es darse un golpe de realidad.... esas épocas ya pasaron y duela a quien le duela a los socorristas nos están pidiendo actualmente más funciones y nunca más se han vuelto a ganar los 1800 hasta 2000 de antes; vuelvo y repito... lo mejor es conocer la realidad, desde luego que todos tenemos derecho a soñar.

Sergio Martínez dijo...

Estimados lectores,
Desde Consejosdelimpieza.com, queremos que haga buen uso del buzón de comentarios, que sean constructivos o informativos; de lo contrario serán eliminados por el moderador.
Un saludo,
EL ADMINISTRADOR.

Anónimo dijo...

que ocurre si me niego a cumplir las normas de que los usuarios no usen balones, colchonetas, aletas y de mas normas. Cuando no se moleste a otros usuarios por que haya 2 personas en toda la piscina con una colchoneta??? Gracias por ayudar

Sergio Martínez dijo...

Estimado lector,
Antes de negarse a cumplirla, puede comentar ello a la persona encargada del recinto, desde el punto de vista de dos adultos solos en la piscina que tengan un balón o colchoneta en Consejosdelimpieza.com no vemos ningún problema para que no sea permitido; Lo que puede suceder si se trata de una piscina en un condominio o comunidad de propietarios, es que el problema lo tenga posteriormente el socorrista o la empresa contratada, puesto que todos los vecinos querrán que dicha norma tampoco los cubra a ellos, al igual que si llega otra persona, en que momento podría usted considerar que la debe cumplir?
Para evitar lo anterior es que la norma es tajante y general. El lujo de hacer lo que queramos en una piscina, aún está reservado para quien tiene la suya privada.
Un saludo,
EL ADMINISTRADOR.

Anónimo dijo...

Hola, quería hacer una consulta. Resulta que en nuestra comunidad, que está en cullera (Valencia), tenemos a unos socorristas que se meten en la piscina a nadar en horario de trabajo,es decir, mientras estan trabajando, porque según ellos tienen calor y encima cuando estan fuera también van sin la camiseta identificativa y llevan el pantalón arromangado para no tener marcas del sol.

Son unos incompetentes que estan enchufados por el presidente de la comunidad, que no tiene ninguna autoridad para dejar que hagan eso. Hay más de un vecino que no está de acuerdo que hagan eso pero no sabemos a qué normativa atendernos para que vayan con la camiseta y para que no estén nadando dentro de la piscina además de estar trabajando.

Un vecino les dijo que no podían nadar y que deberían llevar la camiseta, y ellos, con altanería y arrogancia, contestaron que si tiene algún problema que se lo dijera al Presidente de la comunidad. Es una verguenza y no sabemos dónde atenernos.

Agradezco su información,

María.
Saludos cordiales.

Sergio Martínez dijo...

Estimada María, te tengo un procedimiento infalible que nunca falla, pero ya sabes que se debe revisar para la contratación estival del próximo año, es el siguiente.
Supuestos:
Se dan varias causas para llamar oficialmente la atención a los socorristas.
Si están enchufados como comentas, seguramente tendrá un alto precio dicho servicio en el presupuesto de la comunidad de propietarios.
Lo que te recomendamos es lo siguiente:
1. Habla con algunos vecinos que estén incómodos con la in-subordinación de los socorristas de la comunidad y solicita al presidente la copia de las facturas correspondientes a los socorristas en verano. Mira bien las horas contratadas y en general los datos de ese puesto de trabajo.
2. Pide 3 presupuestos estimativos (por que no podrán visitar la comunidad) para dicho servicio a 3 empresas de servicios integrales y de socorristas.
3. Compara con el presupuesto anual actual y todos los gastos derivados del mismo como uniformes, pagas extra si las hay, transporte y cualquier otro coste que se relacione con ese servicio.
4. Si es menor, habla con algunos vecinos para proponer en junta como orden del día, dicho tema.
CONSEJO:
Dale prioridad al tema de precios (siempre se ahorra contratando una empresa de servicios, la contratación directa resulta más costosa y tiene problemas como éste), en una empresa de servicios solo llamamos al supervisor y le decimos que el tío esta sin camisa nadando o remangado y lo releva inmediatamente.
5. Seguramente encontrarás vecinos que también les parece mal el comportamiento del socorrista pero no lo habían expresado, muy importante buscar entre las vocales primero alguna con quien pueda hablar.
Seguramente en ese punto ya habrás sembrado una inquietud.
Un saludo y esperamos ser útiles en algo.
Un saludo,
EL ADMINISTRADOR.

Anónimo dijo...

Gracias Sergio, ya habiamos pensado en esta opción pero no es posible hacerla ya que el presidente junto con el administrador tienen la mayoria de votos mediante representaciones de viviendas que estan en el extranjero. Ya que se trata de un edificio de muchas viviendas, estamos hablando de más de trescientas.
Solo tendría fuerza si existe alguna normativa para que los socorristas tengan un comportamiento correcto, pero está difícil. Bueno será cuestión de aguantarnos y pagar sus cuotas, no tenemos otra.
Ante todo gracias por la información y el tiempo que has dedicado en darme una respuesta.

Saludos cordiales,
María.

Sergio Martínez dijo...

Hola María,
Para nosotros es un placer ayudar en la medida de nuestras posibilidades... y claro, lo que tenéis montado allí es una dictadura y los socorristas lo saben.
Esperamos que tengas suerte!
Atentamente,
EL ADMINISTRADOR.

Anónimo dijo...

si lo que buscais es decir lo que se van a encontrar los socorristas no lo titules funciones del socorrista, sino esto son las funciones que se os va a exigir

Sergio Martínez dijo...

Estimado Lector,
Entiendo que a TODOS en los diferentes oficios y profesiones, la situación actual del mercado laboral pisa muchos cayos, podríamos haber hecho una nota sobre "un país multicolor" como hace algunos años en el que habían 2 personas en las piscinas (salvamento y mantenimiento) y los salarios oscilaban entre 1500 y 1700 euros... muchos solo trabajaban esos 3 meses y de Argentina llegaba otro poco que también trabajaban solo esos 3 meses en todo el año, pero seamos realistas; además las funciones de manual de los socorristas las conocemos muy bien y lo que creemos que no conoce mucha gente es lo que se va a encontrar.
Un saludo,
EL ADMINISTRADOR.

Anónimo dijo...

Buenos días:

Mi mensaje intenta añadir una respuesta al problema planteado por María. Seguramente en la norma valenciana sobre piscinas indicará que el socorrista debe llevar un signo distintivo, como es la camiseta con una cruz roja, la palabra socorrista, etc. Mi consejo es que se informe sobre este particular en la consejería valenciana correspondiente.
Saludos,
Cristina

Sergio Martínez dijo...

Estimada Cristina,
Estamos muy agradecidos con los lectores que nos aydan con su conocimiento sobre el tema.
Gracias por tu recomendación y por ello queremos enviarte por correo y totalmente gratis, uno de nuestros curiosos regalos publicitarios.
Hazte seguidor en Facebook y envíanos un mensaje con tus datos, pego el enlace al Facebook:

https://www.facebook.com/Consejosdelimpieza

Un saludo,
EL ADMINISTRADOR.

Anónimo dijo...

Buenas. Soy socorrista en Sevilla. Tengo que decir que estoy totalmente de acuerdo en que nuestro trabajo debería ser únicamente el de velar por la seguridad, pero desgraciadamente no es así. Mis labores consisten en: pasar la red, el barrefondo, limpiar el bordillo del vaso con la manguera, limpiar los skimers, recoger cualquier residuo del césped, pedir los carnets, estar pendiente de que la gente no fume, encendido/apagado de la depuradora, vertido de cloro diario, cambiar bolsas de basura, conprobar los aseos... En fin, todo lo posible para que mi querido jefe se lleve el dinero calentito al bolsillo. Ah, y todo esto con un contrato de 20h a la semana. Esto es de risa y lo peor es que los trabajadores en general lo consentimos. Se aprovechan de la necesidad de la gente y no debería ser así, pero esto es España y hasta que el fútbol no desaparezca estaremos amamonados y a merced de estos caciques. Gracias por vuestro tiempo y un saludo.

Anónimo dijo...

Hola
donde puedo dejar mi curriculum para trabajar de socorrista en piscinas?

Unknown dijo...

hola soy de castilla la mancha y quisiera saber si un socorrista puede dejar su puesto de trabajo cuando hay bañista en la piscina para comer es una piscina municipal un saludo

Sergio Martínez dijo...

Hola Juan,
Es importante que se establezcan los horarios de trabajo del servicio de socorrista en la piscina; en él estará contemplada la hora de comer, en la cual no se permitirán bañistas en la piscina.
En caso de no existir dicha aclaración, el socorrista no podrá ausentarse durante el lapso de su jornada de servicio; en algunas piscinas de comunidades de propietarios el socorrista no tiene mas remedio que llevar un "tupper" y comer en una mesa junto al lugar donde presta servicio; resulta incómodo pero en algunos casos y para "curarse en salud", es la solución.
Un saludo y hasta pronto!
Consejosdelimpieza.com

Anónimo dijo...

Sr Sergio le agradeceria enormemente sea mas explicito y nos informase claramente si existe o no existe esa normativa especifica que se le esta pidiendo,y si existe,si es de ambito nacional,como se llama o como encontrarla en la red. Me pesa decir que aun no he visto una respuesta clara a la que atenernos. considero nos vendria de perlas para saber claramente nuestras obligaciones asi como para responder a tanto listillo como anda suelto por ahi que no hacen otra cosa mas que explotarnos laboralmente o a usuarios exigentes que nos piden demasiado,muchos sin haberse molestado siquiera en leer sus obligaciones al entrar en una piscina o instalacion publica. Muchas gracias por su respuesta

Anónimo dijo...

Hola buenas soy un socorrista de la comunidad de madrid, me estan diciendo q tengo que venir media hora antes de mi hora de entrada a pasar el limpiafondos y limpiar la piscina .
queria informarme sobre si tengo algun derechl a negarme en esto ya que estan abusando un poco

Sergio Martínez dijo...

Hola,
En general esa función, corresponde al personal de mantenimiento de piscinas y no al socorrista... pero si podemos decir que las empresas (cuando se contratan externas), se comprometen a todo ello por el precio del socorrista... y simplemente le dicen al trabajador que si lo toma o lo deja, con lo anterior han generado esa mala costumbre de pretender que el socorrista haga las veces de personal de mantenimiento (para sencillamente ahorrarse unos Euros), lo cual es injusto, pero ya sabemos lo que pasa si uno se niega a hacerlo; lo que tienes que buscar es la manera de "negociar" esa media hora, como cobrarla o saliendo media hora antes.
Un saludo
Consejosdelimpieza.com

Anónimo dijo...

Hola buenos días.
El socorrista de nuestra comunidad dice que los menores de 12 años deben estar continuamente vigilados por un adulto....cosa que yo hago sin duda alguna...pero la cuestión es que dice que debe ser dentro de la zona de baño.
Alguien me podría aclarar este punto?.
Gracias.

Sergio Martínez dijo...

Buenos días,
Tiene razón el socorrista de tu piscina...aunque haya socorrista en una piscina, los menores de 12 años deben estar acompañados por un adulto que se responsabilice de ellos; de paso ten en cuenta que hay chicos que no hacen caso ni a sus padres, como para encargar al socorrista de ellos.
Un saludo
Consejosdelimpieza.com

Unknown dijo...

Tengo una pregunta, soy socorrista en mi propia comunidad y estoy prácticamente sólo las 8 horas que estoy los sábados y domingos, como socorrista o socorrista y propietario puedo bañarme si no hay nadie en el recinto?

Sergio Martínez dijo...

Estimado Lector,
Si fueses solo socorrista debías consultarlo con la comunidad y echar un vistazo a los estatutos o manual de funciones del puesto...como propietario claro que puedes hacer uso de la piscina pero teniendo en cuenta que NO lo debes hacer durante tu jornada de trabajo como socorrista, sino en horarios ajenos a esta jornada.
Un saludo y feliz verano!
Consejosdelimpieza.com

Anónimo dijo...

Buenas noches,es compatible ser socorrista y llevar un kiosco de helados sin visibilidad a la piscina,gracias

Sergio Martínez dijo...

Estimado Lector,
Quizás es incompatible porque el servicio de socorrista se basa en la presencia física y atenta (es decir sin distracción y enfocado directamente), en la zona de piscina o playa donde se encuentran los bañistas...un kiosco quizás no te dejaría cumplir ese cometido principal del puesto de trabajo.
Un saludo,
Consejosdelimpieza.com

Unknown dijo...

Hola soy socorrista, trabajo para una subcontrata, hace un mes me dejaron fijo en un hotel en el cual hoy mismo, la subdirectora me dice que yo no estoy autorizado hacer curas ni proporcionar material(tiritas, gasas, monodosis de suero etc) a nadie porque yo no soy, personal sanitario autorizado. Que hay de cierto en eso? Gracias

Sergio Martínez dijo...

Estimado Jony,
Desgraciadamente es cierto y aunque parezca ilógico te puedo decir que es un cuestión de "cubrirse" las espaldas por parte del hotel...lo ideal es que los usuarios hagan eso por su cuenta ya que si hay algún inconveniente con el material que hayas proporcionado, se va a responsabilizar el hotel.
Un saludo,
Consejosdelimpieza.com

Anónimo dijo...

Hola, me gustaría saber dónde se especifican las actuaciones del socorrista en temas como los siguientes:
- Calzado y ropa de calle (¿qué se considera "de calle" y qué no? ¿Es por los materiales o por el uso que se les de? ¿Se especifican los materiales en algún sitio o el porcentaje de los mismos? ¿No se puede entrar con camiseta de algodón y sandalias de cuero hasta donde se ponga la toalla? Entiendo que en este caso debe imperar el sentido común, pero ante la ausencia de éste en algún caso, necesitaría conocer esos datos.
También me gustaría saber dónde figuran las obligaciones del socorrista en labores como controlar que la puerta de acceso a la piscina de niños quede cerrada, que no haya bebés bañándose sin pañal, que no haya gente fumando en la zona de niños, que no haya objetos en la zona de paso cerca de la piscina (como juguetes, etc), que la gente no haga demasiado ruido, que no se exceda el número de invitados por persona, etc.

Sergio Martínez dijo...

Estimado lector,
Ante la ausencia de norma, es la comunidad de propietarios la que debe establecer los detalles que se quieran recalcar sobre el vestuario, deberes y obligaciones; lo anterior siempre y cuando no vaya en contra vía del CONVENIO DE SOCORRISTA de la comunidad autónoma.
Así que de acuerdo a tu pregunta, dichas especificaciones las puedes encontrar en el convenio colectivo del socorrista que impere en tu comunidad autónoma.
Un saludo y mucha suerte!
Consejosdelimpieza.com

Bere dijo...

Muy buena información, siempre las empresas de socorrismo cumplen con todas las normas que mencionan, la verdad es que tambien es importante conocer todas las características del empleo

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